En este tiempo de pandemia muchos ciudadanos perdieron su empleo y otros son explotados laboralmente, aquellos no conocen sobre que derechos deben respetar las empresas para las que trabajan. Artículo 22°.- El trabajo es un deber y un derecho. En base del bienestar social y un medio de realización de la persona. Artículo 23°.- ... El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo. Artículo 24°.- El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual. Artículo 25°.- La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el promedio correspondiente no puede superar dicho máximo. ¿Cómo se fortalecería la ciudadanía económica con los artículos mencionados? Pienso qu...