La CPP y la ciudadanía económica

En este tiempo de pandemia muchos ciudadanos perdieron su empleo y otros son explotados laboralmente, aquellos no conocen sobre que derechos deben respetar las empresas para las que trabajan.

Artículo 22°.- El trabajo es un deber y un derecho. En base del bienestar social y un medio de realización de la persona.

Artículo 23°.- ... El Estado promueve condiciones para el progreso social y económico, en especial mediante políticas de fomento del empleo productivo y de educación para el trabajo.

Artículo 24°.- El trabajador tiene derecho a una remuneración equitativa y suficiente, que procure, para él y su familia, el bienestar material y espiritual.

Artículo 25°.- La jornada ordinaria de trabajo es de ocho horas diarias o cuarenta y ocho horas semanales, como máximo. En caso de jornadas acumulativas o atípicas, el promedio de horas trabajadas en el promedio correspondiente no puede superar dicho máximo.

¿Cómo se fortalecería la ciudadanía económica con los artículos mencionados?

Pienso que toda persona que quiera trabajar deberían contratarlo y no rechazarlo por ser un joven sin experiencia o un adulto mayor sin jubilación porque si deciden conseguir un empleo no solo les va a beneficiar a ellos sino que van a dar un gran aporte a la comunidad. Algunos trabajadores son explotados laboralmente y no tiene remuneración, debería denunciar al Ministerio de trabajo y que se tenga que hacer las respectivas evaluaciones.

Fuentes:

Constitución Política del Perú

https://drive.google.com/file/d/11V2ohd9PeJnz2nYjLQJea5M9leYl8QDr/view?usp=sharing

Recursos sobre CCSS para los estudiantes

https://docs.google.com/document/d/10cAglib_hH-bFziIRd4iwAvWJkuXCekxJYOwuEmhxVU/edit

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